Foto del artículo "Lo de los interinos". Valencia Plaza
En los albores de la aprobación definitiva del Decreto Ley de Estabilización, comienzan a aparecer los primeros movimientos de contrapeso. Movimientos cargados de mucho énfasis, pero tan vacíos de argumentos como de conocimientos sobre el tema.
El abuso de la temporalidad de los trabajadores del sector público no es algo que surgió ayer. Es un caldo de cultivo que lleva años cociéndose a fuego lento, aliñado con tasas de reposición insuficientes y una desidia política que ha dado como resultado una cascada de sentencias judiciales de diferente pelaje en función de una jurisprudencia tan cambiante como inconsistente.
Pero vayamos por partes. Javier Alfonso está enfadado. En pocas palabras, en su artículo dice que a los interinos les van a regalar una plaza sin opositar y que eso es injusto. Y en las páginas interiores, saca una foto de los bomberos forestales, que para todas estas cuestiones somos un colectivo muy manido y resultón. Pues aquí, la réplica.
Voy a centrarme sobretodo en nuestra causa, que es la que conozco a fondo, aunque las imprecisiones y errores de interpretación del artículo son abundantes y de gran calado, por lo que haré referencia también a ellas. Huelga decir en su defensa, que pocos periodistas han sabido interpretar la norma y casi ninguno acierta en las consecuencias. Y Ojo, lo voy a hacer sin mentar ni una sola vez el Derecho Europeo.
Uno
Los bomberos forestales no somos funcionarios. Somos trabajadores de una empresa mercantil sujetos al derecho laboral común.
Dos
En el Servicio de Bomberos Forestales jamás han existido interinos sino trabajadores con contratos de obra y servicio. Aunque fueran puestos estructurales.
Tres
Como consecuencia de los puntos anteriores, el abuso se traduce siempre en Fraude de Ley. Cualquier empresa mercantil que cometa fraude de ley está obligada a convertir a sus trabajadores en indefinidos (artículo 15.3 del ET). Espoiler: en el sector público NO
Cuatro
Somos el único colectivo sujeto a las obligaciones de dos estatutos (EBEP y ET), pero sólo a los derechos de uno (ET).
Cinco
Cuando un trabajador del sector público denuncia el Fraude de Ley, la mayoría de los jueces te declaran indefinido “no fijo”, condenando a que tu puesto de trabajo salga a oferta pública de empleo. Es decir, se añade una causa adicional de extinción de empleo. Para que lo entendamos añado un ejemplo de lo que supondría esto en el sector privado.
“Javier trabaja en un periódico en el que lleva trabajando de forma indefinida 10 años. Un día, su jefe le llama a su despacho y le informa que va a sacar su puesto de trabajo en Infojobs. También le dice que no se preocupe porque podrá enviar el currículum y concursar como los demás candidatos. Si su jefe encuentra a alguien mejor, podrá despedir a Javier de forma procedente, por causas objetivas.”
Seis
El Real Decreto que se quiere
aprobar no ofrece ninguna ventaja a los interinos o trabajadores en
fraude. Al revés, señala sus plazas y obliga a todas las autonomías
a sacarlas a oferta pública. Es una carta de despido, con preaviso.
Siete
El Real Decreto cumple con la Ley y la Constitución. La C.E. establece en su Artículo 103.3 que:
“La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.”
(La capacidad está demostrada cuando se llevan más de 3 años trabajando... digo yo)
El EBEP establece en su artículo 61.6
“Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.
Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.”
Por lo tanto, el Real Decreto va más allá, ofreciendo publicidad en los procesos y libre concurrencia, ya que CUALQUIERA PUEDE PRESENTARSE
Ocho
Justificación de la excepcionalidad
Las medidas económicas y fiscales que limitaron las tasas de reposición ha generado un enorme déficit de oferta pública los últimos 10 años que se ha traducido en enormes tasas de temporalidad. Muchos de los actuales trabajadores temporales no han tenido oportunidad de consolidar su plaza en tiempo y forma. A lo largo de estos 10 años, como es evidente, se han ido sumando nuevos opositores, generando una gran bola de nieve. Estos opositores no deberían optar a plazas que tendrían que haberse ofertado hace más de 6 años, es decir, antes de que ni si quiere hubieran terminado la carrera o pensado en opositar. Sin embargo, van a poder optar a ellas, ya que el Real Decreto establece la libre concurrencia.
Nueve
Los opositores no tienen motivos para dejar de opositar o ver amenazada la oferta pública. Las plazas que van a salir a concurso son las vacantes generadas antes del 1 de enero de 2016 (hace seis años). Por lo tanto, todas las vacantes que no estén sujetas al Real decreto (que son prácticamente todas las posteriores a dicha fecha), seguirán saliendo a oferta pública mediante los procedimientos ordinarios (Concurso-oposición). Es decir, los opositores de hoy podrán concurrir a la oferta contemporánea por concurso-oposición, y a la anterior por concurso.
Diez
Cualquier interino o trabajador en fraude, alcanza su puesto superando pruebas de mérito y capacidad.
Once
El anacronismo en la oferta pública de empleo, aparte de ser injusto por lo anteriormente expuesto, es todavía más abusivo en el caso de los bomberos forestales.
Concretamente, en la Comunidad Valenciana, a tenor de los informes de la Abogacía de la Generalitat y los informes de parte encargados por la empresa NUNCA SE HA HECHO UNA OPE (aunque no es verdad). Es decir, que perfectamente, podemos tener a trabajadores con 50 o 60 años que no han tenido JAMÁS la oportunidad de consolidar su puesto de trabajo.
Doce
El acceso a esta profesión exige, a parte de pruebas de conocimientos, pruebas físicas y reconocimientos médicos. Reivindicar igualdad en el acceso a bomberos forestales de 40 o 50 años, que han dejado los mejores años de su vida al servicio del ciudadano para competir con los jóvenes aspirantes, no es en absoluto razonable se mire por donde se mire, especialmente si no tuvieron oportunidad de hacerlo cuando estaban en su mejor momento (o lo hicieron pero no se les quiere reconocer). ESO NO ES IGUALDAD
Trece
La situación está sentenciando la vida de muchas personas y de forma especialmente cruel desde la perspectiva de género, ya que hay bomberas forestales que desde que fueron declaradas indefinidas no fijas, tienen que elegir entre crear una familia y renunciar al trabajo o prepararse la OPE y renunciar definitivamente a ser madres. Recordemos que el servicio depende de una Consellera que se llama Gabriela y una Gerente que se llama María.
Catorce
Los bomberos forestales si han pasado Ofertas de Empleo Público. El V Convenio Colectivo dejaba en manos de la Consellería competente la selección del personal (por aquel entonces Governació). Esta Consellería realizó dos OPEs. El proceso fue publicitado a través de la web del 112. En la última se presentaron más de 2.700 candidatos. Incluía varias pruebas físicas, exámen de conocimientos, prueba psicotécnica, prueba de personalidad, reconocimiento médico, curso selectivo y periodo de prueba. Muchos de los compañeros que aprobaron el proceso y se les adjudicó plaza, deberán ahora presentarse a un proceso de libre concurrencia en el que pueden perder un puesto de trabajo después de10 años.
Quince
La falta de altura política de
la Consellería de Justicia, ha dejado a los bomberos forestales a
los pies de los tribunales. Trabajadores que pasaron un mismo
proceso, han tenido sentencias contrapuestas generando inseguridad jurídica y desigualdad. Se podría haber hecho mucho más, como se hizo con los trabajadores subrogados en las reversiones hospitalarias.
Dieciseis
A todo esto, recordar para más indecencia, que superar todo el proceso no te daba la fijeza, sino que debías permanecer 18 meses de obra y servicio (en un puesto estructural) por convenio. Esa clausula (ilegal) se cumplíó a rajatabla para hacerte eventual, pero en 2012 dejó de aplicarse para convertirte en indefinido.
Diecisiete
El Servicio de
Bomberos Forestales es el único servicio esencial de emergencias
subcontratado a una empresa mercantil. Como consecuencia de ello, es
el servicio con los empleados más precarios y con mayor inestabilidad laboral.
Dieciocho
Los bomberos forestales
llevamos ya casi tres meses de huelga. La Consellera Gabriela Bravo
no nos ha recibido ni un sólo día desde que se inició. Marca PSOE.
Diecinueve
Javier Alfonso, ojalá se nos aplicara en su totalidad el derecho laboral común, porque del derecho público sólo hemos recibido patadas y zancadillas. Te invito a que opines sobre nuestra situación con el mismo énfasis, pero con toda la información.
Veinte
Ni un compañero fuera. La lucha sigue.